Ayuda de 430 € para el trabajador con Contrato de Formación

COMPLEMENTO SALARIAL AL

CONTRATO DE FORMACIÓN

BENEFICIARIOS:

Jóvenes entre 16 y 30 años que sean incorporados en una empresa con un contrato de formación y en el momento de formalizar el contrato reúnan los siguientes requisitos:

  1. Figurar como demandante de empleo y estar inscrito en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil (SNGJ).
  2. No contar con ninguna de las titulaciones académicas contempladas a continuación:
    -Título de Bachiller
    -Título de Técnico de Grado Medio
    -Título de nivel superior al Bachiller
    -Títulos oficialmente reconocidos como equivalentes a las titulaciones previamente citadas en conformidad con legislación del sistema educativo vigente.
    -Certificado de Profesionalidad de nivel 2 ó 3.
  3. Asumir la obligación de prestar sus servicios en la empresa contratante a la par que realiza una actividad formativa a través del contrato de formación. La realización de esta formación es totalmente obligatoria y deberá llevarse a cabo en un centro de formación acreditado como Audiolís. En caso contrario, el trabajador perderá el derecho a recibir la ayuda.

CUANTÍA:

430 € al mes: es decir, el importe equivalente al 80% del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM).

Los 430 € mensuales se sumarán al salario percibido por el trabajador por parte de la empresa. Si tenemos en cuenta que un trabajador con contrato de formación no puede cobrar menos del Salario Mínimo Interprofesional (en proporción al tiempo de trabajo efectivo), el salario mínimo que recibirá cada trabajador con contrato de formación sera:

Primer año:

430 € + 552 €* = 960 €

*Durante el primer año el empleado trabaja un 75% de la jornada y se forma el 25% restante. Por tanto, su salario base es el 75% del Salario Mínimo Interprofesional para 2018 (735,90 €).

Segundo y tercer año de contrato:

430 € + 626 €* = 1.056 €

*Teniendo en cuenta que durante el segundo y tercer año de contrato, el empleado dedica un 85% de su jornada al trabajo efectivo.

Hay que destacar que, esta prestación no está sujeta a la obligación de cotizar a la Seguridad Social.

REQUISITOS PARA PODER OPTAR AL COMPLEMENTO SALARIAL DE 430€

Para poder beneficiarse de esta ayuda, se deberán reunir los siguientes requisitos:

  1. En primer lugar, la empresa que suscriba el contrato deberá detallar en la solicitud de inicio de la actividad formativa que el contrato se acoge a dicha prestación.
  2. El joven trabajador deberá realizar la actividad formativa del contrato de formación, dirigida a la obtención de un certificado de profesionalidad. En este sentido, la formación del certificado de profesionalidad deberá cursarse en un centro de formación acreditado para impartir dicha actividad formativa.
  3. Ser contratado bajo la modalidad del contrato para la formación y el aprendizaje por un período mínimo de un año.

 

DURACIÓN DE LA AYUDA:

Los jóvenes con contrato de formación se podrán beneficiar de este complemento salarial durante un periodo máximo de 18 meses.

En casos de personas con discapacidad igual o superior al 33%, la ayuda podrá mantenerse durante un período máximo de 36 meses.

Esta complemento salarial al contrato de formación entrará en vigor a partir del 4 de agosto de 2018.

CÓMO SOLICITAR LA AYUDA DE 430€ AL CONTRATO DE FORMACIÓN:

La ayuda de acompañamiento para jóvenes con contrato de formación entrará en vigor el 4 de agosto de 2018. Los jóvenes interesados en percibir el complemento salarial al contrato de formación deberán personarse en la Oficina de Prestaciones del SEPE de la demarcación de su domicilio para presentar la solicitud de dicha ayuda, dentro de los 15 días siguientes a la fecha de inicio del contrato para la formación y el aprendizaje.

La solicitud podrá descargarse a través de la página web del SEPE y deberá ir acompañada de una declaración responsable de no estar en posesión de ninguna de las titulaciones académicas citadas previamente.

El complemento salarial al contrato de formación será abonado mensualmente en la cuenta bancaria del joven trabajador por el Servicio Público de Empleo (SEPE).

COMPATIBILIDADES DEL BONO FORMACIÓN

La ayuda directa al contrato de formación será compatible con el resto de incentivos inherentes a dicho contrato como, por ejemplo, la reducción del 100% en las cuotas a la Seguridad Social o la bonificación por tutorización, entre otros.