Los autónomos y el contrato de formación

Si eres autónomo y estás pensando en contratar a un empleado, independientemente de que sea o no familiar, estás de suerte. Por si no lo sabías, el contrato de formación permite al autónomo disfrutar de grandes beneficios en los Seguros Sociales, a la vez que favorece la inserción laboral de los jóvenes en busca de empleo.

Los autónomos podrán utilizar este tipo de instrumento para contratar a cualquier candidato que cumpla con los requisitos para celebrar un contrato de formación. Pero, además, el trabajador por cuenta propia también podrá contratar a:

  • Los hijos menores de 30 años, independientemente de que convivan con él o no.
  • Los hijos mayores de 30 años, con dificultades para encontrar empleo. En este sentido, se entenderá que tienen dichas dificultades los empleados contemplados en los siguientes apartados:
  1. Personas con discapacidad intelectual, enfermedad mental o parálisis cerebral, con grado de discapacidad igual o superior al 33%.
  2. Personas con discapacidad física o sensorial, con grado de discapacidad igual o superior al 33% e inferior al 65%, siempre y cuando se den de alta por primera vez en la Seguridad Social.
  3. Personas con discapacidad física o sensorial, igual o superior al 65%.
  • Familiares menores de 30 años dentro del 2º grado de parentesco.

Ventajas del contrato de formación para el autónomo

Además de reducir la tasa de paro mediante la creación de nuevos puestos de trabajo, el contrato de formación permite incentivar la contratación a través de diversas bonificaciones, entre las que destacan:

  1. Bonificación del 100% en el importe de la formación.
  2. Incentivo por conversión a indefinido de 1800€ en el caso de mujeres y de 1500€ para los hombres, durante un período máximo de 3 años.
  3. Bonificación por tutorización. Se trata de una bonificación adicional de carácter mensual que recibirá el tutor en la empresa cuyo importe dependerá del número de trabajadores con que ésta cuente:

     Tamaño de la empresa 

     Máximo de horas financiables   Financiación 

     Importe total 

    Más de 5 trabajadores

    40 horas 1,5€

    60€/mes

    Menos de 5 trabajadores 40 horas 2€

    80€/mes

     

  4. Reducción en las cuotas a la Seguridad Social, que variará en función del tamaño de la empresa:
    -Del 100%, para plantillas con menos de 250 trabajadores.
    -Del 75%, para empresas con más de 250 empleados.

*En el caso de que el empleador suscriba un contrato de formación con un familiar podrá ocurrir:

  • Que contrate a hijos menores de 30 años, convivan o no con él, en cuyo caso el importe de la reducción en la cuota de la Seguridad Social será del 100%.
  • Que el contrato de formación se suscriba entre un autónomo sin asalariados y un familiar menor de 45 años, que no conviva con dicho autónomo ni esté a su cargo, en cuyo caso también tendrá derecho a una reducción del 100% en las cuotas a la Seguridad Social.
  • Que formalice un contrato de formación con el cónyuge, los ascendientes, los descendientes y demás parientes hasta el segundo de parentesco, en cuyo caso no tendrá derecho a dicha reducción en las cuotas de la Seguridad Social.

Hay que destacar que el contrato de formación está ajustado a Certificado de profesionalidad, una titulación oficial con validez en España y en todo el territorio europeo.

En el caso de que quieras recibir información sobre esta u otras cuestiones relacionadas con el contrato de formación, ponte en contacto con nosotros llamándonos al llámanos 91 186 06 79 – 674 310 805 o escríbenos info@youngsolutions.es

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