¿Cumple tu empresa con la normativa laboral en 2024?

Durante este año 2023, ha habido grandes cambios a nivel laboral. Ha habido mucho cambio a nivel legal y así evitar posibles incidencias en las inspecciones y nuevas normativas, os queremos contar que debes saber para tener todo en orden para el año que viene.

Las empresas que cuenten con más de 50 trabajadores en plantilla, es preciso que su Plan de Igualdad este actualizado, deben contar con tener instalado su canal de denuncias.

No olvides que el incumplimiento de no tener el Plan de Igualdad puede conllevar con una sanción de 225.018 €. Te recordamos que la Ley de PGE modificó la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, lo que podría ser dañino para su compañía. Otro punto es, la relación que tiene con las bonificaciones al realizar contratos de formación en alternancia, para poder tener acceso a estas bonificaciones el Plan de Igualdad debe estar vigente.

Por otro lado tenemos el plan de igualdad LGTBI, comúnmente llamada Ley Trans, tras su nueva introducción el Plan de Igualdad tuvo que ser actualizado.

  • Es una medida para la introducción de personas del colectivo LGTBI, que no se sientan discriminadas en la empresa.

Si en tu empresa ya existía un Plan de Igualdad, pero no habías incluido las medidas referencias al colectivo, tendrás como limite para su actualización hasta el 2 de marzo de 2024.

  •  De lo contrario, tu compañía podría verse envuelta en sanciones de hasta 150.000 euros.

Siguiendo con el Plan de Igualdad, otra parte a añadir es la Auditoria Salarial, su objetivo es verificar si el sistema de remuneración de la empresa cumple con la efectiva aplicación del principio de igualdad entre mujeres y hombres en lo que respecta a la equidad salarial.

Saliendo del plan, debemos tener en regla el Registro Retributivo, es obligatorio para todas las empresas independientemente de su número de trabajadores. Esta modalidad es una de las más importantes en las inspecciones de trabajo, su actualización debe ser anual, compensando el sueldo actual medio de los trabajadores. Su objetivo principal es equilibrar el sueldo entre hombre y mujeres que realicen funciones similares o estén en el mismo puesto de trabajo. No tener uno también supone una sanción de 225.018€.

El Plan de Prevención del Acoso Laboral, se trata de otro requisito que es indispensable independientemente de su número de trabajadores en plantilla. Su finalidad es ofrecer la libertad de intervenir y ponerle voz al acaso sufrido en la empresa y garantía de libertad sexual para establecer un canal de denuncias contra el acoso sexual digital en el trabajo.

Otra novedad es la obligación del canal de denuncias efectivo, para empresas de más de 50 trabajadores, posterior a la publicación de la Ley del Protección al Consumidor se estableció su obligación. En el sector jurídico privado se formo al personal en materia de prevención de blanqueo de capitales.

Establecer un Comité de Seguridad y Salud, según la ley de Prevención de Riesgos Laborables se generó la obligación de crear este comité en empresas de más de 50 trabajadores. Debe estar formado por los delegados de prevención, el empresario y sus representantes en función del numero de trabajadores. Como los anteriores, su incumplimiento conlleva una sanción de 225.018€.

Otro comité obligatorio es el Comité de Empresa, encargado de defender los intereses de las personas trabajadoras en su centro de trabajo; será creado donde el censo conste de 50 personas o más.

  •  En los casos donde en la misma provincia existan dos o más centros de la misma empresa y el censo sea menor a 50 personas pero entre ellos sumen 50 se creará un comité general.

Otro cambio que ha traído la Reforma Laboral, es la temporalidad de los contratos y tomo valor el contrato fijo discontinuo.

Un punto valioso de las inspecciones de trabajo, es observar si la empresas ponen de su parte a la hora de formar nuevos puestos de trabajo si no se impondrán sanciones al respecto. Las inspecciones se centran sobre todo en aquellas empresas que tan solo realizan contratos temporales, así evadir el fraude.

Desde el año 202 cada vez son más las empresas, en las que el puesto de trabajo lo permite, se trabaja  distancia, pero se deben formalizar una serie de acuerdos. El teletrabajo debe añadirse como anexo al contrasto inicial. Es indispensable firmarlo antes de empezar a teletrabajar, si apareciesen cambios se deben ver reflejados en el acuerdo.

  • No formalizar un previo acuerdo supone una infracción de hasta 7500€ .

Registro de fichajes, se trata de otro posible requerimiento ante una inspección, es de obligado cumplimento que los trabajadores registren su jornada laboral mediante el uso de sistemas informatizados para evitar la manipulación, que si esta es detectada se registrará detenidamente a toda la compañía.

  • Existen resoluciones donde una firma en un papel no es método válido. Todo el registro de fichajes deben quedar guardados durante un mínimo de 4 años. La sanción asciende  225.018€.

¿Conocíais en que consiste la Desconexión Digital? Al igual que debemos respetar los horarios de trabajo, se deben respetar los de descanso. Una llamada del empresario al empleada fuera de este horario supondría una multa de hasta 7500€.

La Ley Zerolo, se implantó para sancionar a aquellas empresas que despidan a sus empleados en situación de baja medica, si es despedida en baja IT  el empresario deberá justificar el motivo del despido.

  • Si el único motivo es la baja por enfermedad se contemplarán sanciones desde 300 a 5000€ por despido discriminatorio.
  • Además en el RD Ley 5/2023 se han añadido recientes causas de  nulidad de despidos. Por ejemplo, se considerará nulo cuando se despida a una persona en todo el proceso del embarazo de principio a fin.

Contratar Falsos Autónomos se trata de un delito, en los años 2021 y 2022 se captaron una gran cantidad de falsos autónomos, para impedir que se repita la situación se modifico el articulo 311 del código penal, donde la sanción conlleva hasta pena de cárcel.

  • Inclusive el empresario al tener contratado a un falso autónomo, le caerían multas y cárcel.

¿Qué ocurrirá si las empresas no cumple con el SMI valido en cuso? La inspección también tendrá en cuenta este apartado.

  • A día de hoy está en 1080€, el año próximo se prevé un aumento del mismo.

Para las empresas con más de 50 trabajadores también hay requisitos que se pueden realizar de manera voluntaria: Protocolo de medios informáticos (conocer los derechos  ante el uso de dispositivos electrónico) y la poseer un código ético (fin de conocer misión, visión y valores)

Que documentos son requeridos tener a disposición  el día de la inspección, por si el inspector te los pidiera son:

  1. Contratos de trabajo de todos los empleados.
  2. Horario de plantilla y calendario laboral.
  3. Registro de salarios, horas trabajadas y deducciones de nómina.
  4. Parte de alta y justificantes de pago de las cuotas al Régimen Especial  de Trabajadores Autónomos.
  5. Justificante que asegure que la empresa se ha registrado en la Seguridad Social. Más los justificantes de pago.
  6. Autorizaciones de trabajo a empleados extranjeros.
  7. Material preventivo para la realización de la actividad laboral y planificación de medidas de prevención de riesgos laborables.
  8. Registro de licencias y permisos de construcción.

Todos los documentos deben estar actualizados y en línea.

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